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Entradas recientes en el blog escritas por Kistler Law Firm para informar y
responder preguntas sobre la ley de lesiones personales.

¿Son Imponibles los Acuerdos por Dolor y Sufrimiento?

health care costs

Las demandas por lesiones personales pueden surgir por diversas razones. Ya sea por una lesión a manos de una empresa o corporación, la negligencia de un individuo, o incluso una mordida de perro, las víctimas de reclamos por lesiones personales tienen derecho a compensación por sus heridas.

Puede ser un alivio cuando finalmente recibe compensación después de un reclamo por lesión personal. Sin embargo, lo que muchos desconocen es que las obligaciones fiscales por los daños recibidos pueden impactar cuánto recuperará financieramente en realidad.

Revisemos algunos tipos comunes de daños que las víctimas de reclamos por lesiones personales pueden esperar, junto con la responsabilidad fiscal que acompaña a cada tipo de compensación. Si ha sido lesionado en un accidente automovilístico o ha sufrido otra lesión personal en el Valle del Antílope, contacte a un dedicado abogado de lesiones de Palmdale en la Firma de Abogados Kistler para obtener ayuda.

Entendiendo las Reclamaciones por Lesiones Personales

Cuando una persona está persiguiendo un reclamo por lesión personal, los tipos de daños que puede buscar se dividen en dos categorías: compensatorios y punitivos. Los daños compensatorios se dividen además en dos subcategorías: económicos y no económicos. Los diferentes tipos de daños reciben diferentes tratamientos fiscales bajo la ley, por lo que es importante entender la diferencia entre ellos y considerar esta diferencia al estructurar un acuerdo. Los daños compensatorios pueden incluir pago por lo siguiente:

  • Facturas médicas y gastos médicos incurridos como resultado de la lesión (no económicos)
  • Angustia mental y emocional causada por la lesión (no económicos)
  • Reembolso por daños a la propiedad física (económicos)
  • Pérdida de ingresos, salarios y capacidad de ganancia como resultado de la lesión (económicos)

Impuestos sobre Daños Recibidos por una Reclamación de Lesión Personal

Puede ser un momento de alivio e incluso emocionante llegar a un acuerdo en su reclamación por lesión personal. Sin embargo, es importante considerar las implicaciones fiscales que pueden surgir como resultado de su acuerdo.
Tanto en el estado de California como a nivel federal, existen reglas y regulaciones sobre la imposición de premios por acuerdo. No todos los acuerdos están sujetos a impuestos, y no todos los estados siguen las mismas directrices para la imposición. Veamos cómo se gravan diferentes aspectos de un acuerdo cuando se trata de daños recibidos como resultado de un reclamo por lesión personal.

Los daños no económicos están exentos de impuestos

En el estado de California, la compensación financiera en forma de daños compensatorios no económicos está exenta de impuestos. El propósito de estos daños compensatorios es aliviar a un individuo de cualquier carga financiera ocasionada por una lesión. Por naturaleza, gravar tal compensación sería una carga para la víctima. Por ello, ni el estado de California ni el Servicio de Impuestos Internos (IRS) gravan los daños no económicos.

Compensación por Dolor y Sufrimiento y Lesión Física

Los daños sufridos debido al dolor y sufrimiento después de una lesión se consideran daños no económicos y no están sujetos a impuestos. Sin embargo, hay una distinción entre compensación por dolor y sufrimiento emocional y compensación debido a lesiones físicas o problemas de salud. Si la base de una demanda está únicamente en el malestar mental o emocional, entonces un individuo puede estar sujeto a impuestos sobre la compensación recibida. Sin embargo, si la demanda de un individuo se basa en una lesión física o problemas físicos, entonces la compensación recibida no será gravada por el estado ni por el gobierno federal. En la mayoría de los casos de lesiones personales, los daños no económicos por dolor y sufrimiento, angustia mental o malestar emocional están vinculados a una lesión física, por lo que no hay preocupación de que se consideren gravables.

Pérdida de Ingresos y Salarios Perdidos

La pérdida de ingresos y salarios son el lado “económico” de los daños compensatorios. De la misma manera que los salarios e ingresos son gravados por el estado y el gobierno federal, el mismo estándar se aplica a los daños recibidos por ingresos perdidos y salarios perdidos. Si usted recibe un paquete de compensación que le reembolsa por ingresos perdidos o salarios perdidos, probablemente necesitará pagar impuestos sobre la compensación que reciba. La tributación de ese ingreso depende de cómo se generó el ingreso. Hablar con un experto en impuestos puede ayudarle a comprender mejor su responsabilidad fiscal.

Daños Punitivos

Los daños punitivos son como una multa impuesta a los demandados para impartir un tipo de castigo. A diferencia de los daños compensatorios, los daños punitivos no tienen como objetivo reembolsarle por sus pérdidas financieras. Si bien los daños punitivos no se ofrecen típicamente en reclamaciones por lesiones personales, hay ciertas circunstancias donde pueden entrar en juego. Si se le otorgan daños punitivos, serán gravados. Por ello, es importante considerar el tipo de daños que está buscando y el monto asignado para ellos en caso de que los reciba.

Consulte con un Profesional Legal con Experiencia

Es importante comprender cómo se estructura su acuerdo. Si está buscando daños que estén sujetos a impuestos, esto podría impactar el apoyo financiero total que puede esperar recibir al final del proceso. Por ello, es importante hablar con un abogado que comprenda las leyes fiscales en su estado y cómo afectarán el resultado de su compensación.
En la Firma de Abogados Kistler, nuestro equipo de profesionales legales con experiencia luchará por sus derechos no solo por un acuerdo justo, sino también por uno que podría reducir potencialmente su responsabilidad fiscal en cuanto a daños recibidos. Póngase en contacto hoy mismo para hablar con un miembro del equipo que le ayudará a navegar su caso.

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